La Comunidad abre la convocatoria de ayudas dirigidas a diferentes tipos de familias
Hasta el 27 de abril pueden solicitarlas familias numerosas de categoría especial, a familias con hijas e hijos nacidos de parto múltiple y a familias monoparentales
Ya se ha abierto la convocatoria para la solicitud de ayudas autonómicas dirigidas a familias numerosas de categoría especial, a familias con hijas e hijos nacidos de parto múltiple (a partir de tres hijos) y a familias monoparentales (un adulto con patria potestad en exclusiva o con menores en acogida).
Tal y como explican desde el Consistorio totanero, el plazo para solicitarlas permanecerá abierto hasta el próximo 27 de abril y las mismas están dirigidas a familias que se encuentran en especial situación de dificultad.
En este sentido, señalan que, para su acceso, cuentan con un baremo económico y una serie de requisitos en cuanto al modelo familiar al que se orientan.
En la mencionada prestación se hace particular referencia a, familias numerosas de categoría especial, familias con hijos de partos múltiples a partir de 3 hijos (trillizos) y siempre que estos tengan menos de seis años ;y familias monoparentales (que el ascendiente figure como el único progenitor en el Registro Civil; que el ascendiente tenga en exclusiva la patria potestad; que el ascendiente esté en estado de viudedad o en situación equiparada; que se trate de una familia formada por una persona y los menores de edad que tenga en acogida por tiempo igual o superior a un año).
En este sentido, las mismas fuentes indican que los conceptos que se financiarán con estas ayudas serán gastos de alimentación (excluidos de los mismos las bebidas alcohólicas); tasas o precios de comedores en centros públicos o concertados; gastos de vestido (textil y calzado); gastos de farmacia y parafarmacia; higiénico-sanitarios; accesorios de puericultura; gastos derivados de la asistencia a Centros de Atención a la Infancia, actividades extraescolares o extensión de horario para la conciliación de la vida familiar y laboral; gastos derivados de la contratación de personal para la atención domiciliaria de la/las personas dependientes para la conciliación de la vida familiar y laboral; y cualesquiera otros conceptos análogos que se establezcan en la convocatoria derivados de cambios en las circunstancias sociales o económicas.
Así, desde el Consistorio explican que la cuantía concedida deberá ser justificada en un plazo de 3 meses desde su concesión y deberá ser sobre el total de cuantía concedida y en los conceptos concedidos.
Además, indican que los documentos justificantes serán relativos a gastos ejecutados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023; y, de no justificarse suficiente o correctamente la prestación, la persona solicitante deberá devolver el total del importe concedido.
Presentación de solicitudes
Se podrán presentar las solicitudes por Ventanilla Única del Ayuntamiento (deberá hacerse solicitud de cita previa) o a través del servicio ofrecido por el Centro de Servicios Sociales.
También se podrá presentar por cualquiera de los medios o procedimientos que establece la legislación vigente en materia de procedimiento administrativo.
Si se desea solicitar más información, los interesados puede hacerlo a través del teléfono de información de Comunidad Autónoma 012 o en el Centro de Servicios Sociales al 968 418 177.
Tanto el modelo de solicitud como la información de la documentación que se ha de aportar, se encuentra en la Guía de Procedimientos de Comunidad Autónoma bajo el código 2792.
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