Los nuevos alcaldes pedáneos para la legislatura 2023/27 serán elegidos por los vecinos a través de votación
Durante este mes también arrancará el proceso para la elección de la Junta Local de Vecinos de El Paretón-Cantareros
La Concejalía de Participación Ciudadana informa de que durante el mes de septiembre se comenzará el proceso para la elección de los nuevos alcaldes-pedáneos en las ocho pedanías del municipio para esta legislatura 2023/2027, proceso que se realizará de forma participativa mediante el sistema de listas abiertas.
Tal y como informan fuentes municipales, el proceso participativo contará con campañas de información y difusión vecinal al objeto de que todos los vecinos y vecinas de las pedanías conozcan de primera mano el procedimiento que se va a seguir y puedan presentarse como candidatos si así lo desean.
Asimismo, está prevista la celebración de jornadas de votación en cada una de las pedanías para que sean los vecinos y vecinas los que elijan a sus representantes.
En este sentido, las mismas fuentes indican que en las pedanías en las que sólo se presente un candidatom se procedería a realizar, en principio, una jornada de ratificación dando la oportunidad a los vecinos que lo deseen a que manifiesten su acuerdo con el candidato.
Junta Local Vecinos El Paretón-Cantareros
Además, también arrancará el proceso para la elección de la Junta Local de Vecinos de El Paretón-Cantareros, órgano de participación cuyo reglamento de funcionamiento fue aprobado el 29 de mayo del año 2000.
La Junta Local de Vecinos de El Paretón-Cantareros estará compuesta por nueve miembros, Alcalde y 8 vocales que serán elegidos de forma participativa mediante el sistema de listas abiertas siendo el candidato más votado el Alcalde y el resto vocales en orden al número de votos obtenidos.
Según indican desde el Consistorio local, podrán ser vocales las personas mayores de edad que sean residentes en el ámbito de la pedanía y estén incluidas en el censo electoral de su delimitación geográfica, no estando incursos en causas de inelegibilidad o incompatibilidad previstas por la legislación electoral general para el cargo de concejal.
El cargo de vocal será honorífico, no tendrá remuneración alguna, otorgándole las consideraciones y tratamientos adecuados.
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